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¿ Sección sindical con menos de 6 empleados ?

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 ¿ Sección sindical con menos de 6 empleados ? Empty ¿ Sección sindical con menos de 6 empleados ?

Mensaje por Tecnocrata Jue Mar 21, 2013 8:29 am

En una web de derecho laboral he leído que en España se puede constituir una sección sindical en cualquier empresa aunque tenga menos de 6 trabajadores. El único requisito sería que al menos uno estuviera sindicado, quien puede constituir dicha sección presentándose así mismo como delegado; no haría falta votación, al estar él solo en la empresa como único afiliado a un sindicato, y por tanto tampoco se tendría que presentar siquiera a elecciones.

¿Se puede utilizar esta argumentación para presentarse como delegado sindical en grandes empresas en aquellos puestos de trabajo cuya plantilla en toda una provincia no llegue a 6 trabajadores?

De ser la respuesta una negativa, no me extañaría nada la precaria situación de los auxiliares por falta de representación sindical. No es justo que en empresas de cientos de trabajadores apenas haya delegados por que en buena parte de los puestos las plantillas no reúnen los dichosos 6 trabajadores.

Así, mientras en las grandes capitales de provincia, donde es más propable que haya puestos con grandes plantillas, sus trabajadores tendrán representación, en las pequeñas capitales de provincia no tendrán ni uno, ni siquiera en toda ella, aunque la empresa tenga decenas de delegados en el resto del país. No sería nada justo, y la verdad, ni siquiera justificaría la adhesión a un sindicato: si nadie en 100 km a la redonda te va a representar y ni tu puedes presentarte...

Ya he preguntado en el sindicato, pero me da la impresión que los funcionarios liberados locales que me atendieron no tenían ni idea; aunque de la sede regional me confirmaron que el CSI no tiene representación a nivel regional; aunque creo que si en en algun par de provincias, pero solo para Vigilantes. En cinco años, jamás he sabido que siquiera la haya de otro sindicato o de la propia empresa.

Saludos.

Tecnocrata

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 ¿ Sección sindical con menos de 6 empleados ? Empty Re: ¿ Sección sindical con menos de 6 empleados ?

Mensaje por ferdiaz Jue Mar 21, 2013 5:21 pm

Hola, los miembros de la sección sindical así como los delegados sindicales deben estar afiliados, cierto.

Ambas figuras representan solamente a los afiliados de su sindicato, lo cual no contradice que puedan, y deban ser actores legítimados para negociaciones, reivindicaciones y acciones en defensa de todos los trabajadores, al margen de que sean o no afiliados de su sindicato.

Para constituir la sección sindical se precisa la autorización de sindicato a representar ya que la sección sindical se debe constituir en base a sus estatutos. La sección sindical deberá identificarse con la filosofia sindical que representan.

Las secciones sindicales son un instrumento fundamental para el desarrollo de una acción sindical eficaz. Una vez constituidas, son autónomas para decidir su equipo directivo mediante elección en Asamblea de sus afiliados.

Las empresas están obligadas a reconocer dichas secciones sindicales, aunque no tengan representación en forma de delegados o miembros de Comité. Eso si, no están obligados a facilitar créditos horarios salvo que la representatividad dentro de la empresa alcance o supere el 10% de delegados y/o miembros del Comité electos.

En aquellos centros de trabajo donde no haya delegado sindical, por el motivo que sea, se puede nombrar un representante de Centro, que tendrá las mismas funciones que el secretario de la sección sindical pero carecerá de creditos horarios y no dispondrá del blindaje legal que se otorga a los delegados y miembros de Comité elegidos democráticamente mediante sufragio.

Resumiendo, existen muchas figuras dentro del organigrama sindical pero no todas son reconocidas por las empresas. El hecho de no ser figuras electas mediante sufrágio universal por los trabajadores faculta a las empresas a no dotar de los medios necesarios ni del reconocimiento que la Ley exige para quienes si han sido elegidos democráticamente.

Finalmente una puntualización. Si una empresa tiene 15 centros de trabajo y en cada centro de trabajo las plantillas son de 5 trabajadores sí se puede tener representación sindical. Al ser 75 trabajadores, se puede constituir un Comité de empresa de 5 miembros, independientemente de que en cada centro no lleguen a 6 trabajadores. Se cuenta el número de trabajadores de la empresa como una unidad dentro del ámbito de la empresa y como único centro de trabajo. No confundir, en este caso, centro de trabajo con lugar de trabajo.

Un saludo.
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 ¿ Sección sindical con menos de 6 empleados ? Empty Re: ¿ Sección sindical con menos de 6 empleados ?

Mensaje por Tecnocrata Vie Mar 22, 2013 10:41 am

Grácias por tu respuesta.

Solicitaré en la sede local del sindicato poder formar una sección dentro de mi empresa, en nuestro centro de trabajo, en base a los estatutos del CSI, ya que soy afiliado. Hace poco leí un mail en el que se pedía colaboración, y es la manera en la que puedo contribuir, al menos en mi empresa y comunidad autónoma.

En mi región la empresa tiene varios centros de trabajo "aislados", cuyos trabajadores imagino ignorantes de sus derechos y sometidos a irregularidades, tal y como ocurría en el mío hasta que comencé a informarme de mis derechos.

Había pensado enviar información del programa del CSIF-Aux al resto de centros de trabajo de la empresa y de paso darles a sus trabajadores un medio para contactar conmigo. Una vez formada la sección sindical ¿ Puedo obtener a través del sindicato la relación de centros de trabajo de mi empresa ?

Un Saludo.

Tecnocrata

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 ¿ Sección sindical con menos de 6 empleados ? Empty Re: ¿ Sección sindical con menos de 6 empleados ?

Mensaje por ferdiaz Vie Mar 22, 2013 5:09 pm

Hola, el sindicato no te va a poner ningún impedimento para la constitución de la sección sindical. De hecho, tras la última reunión de la Sección Nacional de Auxiliares, celebrada en Madrid, mantuvimos una reunión de más de media hora con el vicepresidente de CSI·F, Pepe Fernandez, el cual nos tranmitió todo su apoyo hacia el sector y se ofreció de mediador ante las respectivas sedes provinciales y autonómicas para impulsar nuestro proyecto.

Igualmente adquirió un compromiso con los responsables Nacionales de la sección Nacional, de Tenerife y Cantabria, para facilitar la asistencia, progresivamente y en función de la valía, interés y resultados, de aquellos compañeros que quieran formar parte de la Sección Nacional de Auxiliares, en las próximas reuniones trimestrales a celebrarse en Madrid. De tal forma que para la próxima reunión asistirán los auxiliares que son responsables del sector en Madrid y Sevilla.

Insisto, no vas a tener ningún problema para constituir la sección, y si necesitas que nos pongamos en contacto con el Presidente de CSI·F en Salamanca para que te facilite los medios necesarios, háznoslo saber.

La empresa está obligada a facilitar la lista de los centros de trabajo a los delegados sindicales y miembros del comité de empresa. Es decir, a los trabajadores elegidos por sufragio universal. En tu caso, una vez constituida la sección sindical se puede solicitar dicha información por escrito pero no están obligados a facilitarla tal como te dije en el anterior post.

Los sindicatos suelen obtener dicha información de otras formas, recurriendo a los delegados y miembros del Comité de tu empresa, incluso a través de los delegados y miembros del Comité de Seguridad Privada, secciones sindicales de Seguridad Privada, contactos que podemos tener dentro de tu empresa a nivel nacional, etc.

Lo que necesito es saber a que empresa perteneces y así empezar a mover el tema. Si no deseas hacerlo público en este foro, puedes ponerte en contacto conmigo en las siguiente direcciones de correo:

auxiliaresdeservicios.csif@gmail.com ; serviciosauxiliares39@gmail.com ; ferdiazdiego@hotmail.com

Un saludo.
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 ¿ Sección sindical con menos de 6 empleados ? Empty Re: ¿ Sección sindical con menos de 6 empleados ?

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