baja voluntaria en la empresa
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baja voluntaria en la empresa
buenas, tengo pensado marcharme de la empresa por motivos varios.
uno de mis servicios tiene un acuerdo que paga al trabajador un plus.
(no se me paga)
los cuadrantes que nos hacen,se trabaja por ejemplo: de 8h a 20h 2 dias y al siguiente de 20h a 8h 3 dias alterando de esta manera el descanso.
como no tenemos convenio propio se nos paga 1 centimo hora nocturna, creo k el estatuto dice k son 0.29 centimos.
y ademas nos tienen en un servicio de noche donde no trabaja ni dios y no se puede decir que hacemos funciones de conserje xq es obvio que parece que vigilamos.
(estamos de planton)
bueno mi intencion es irme sin dar 15 dias, tengo las vacaciones integras sin disfrutar-
me tienen k pagar las vacaciones?
es mejor solicitar la resticion de contrato por incumplimiento o la baja de empresa?
gracias
uno de mis servicios tiene un acuerdo que paga al trabajador un plus.
(no se me paga)
los cuadrantes que nos hacen,se trabaja por ejemplo: de 8h a 20h 2 dias y al siguiente de 20h a 8h 3 dias alterando de esta manera el descanso.
como no tenemos convenio propio se nos paga 1 centimo hora nocturna, creo k el estatuto dice k son 0.29 centimos.
y ademas nos tienen en un servicio de noche donde no trabaja ni dios y no se puede decir que hacemos funciones de conserje xq es obvio que parece que vigilamos.
(estamos de planton)
bueno mi intencion es irme sin dar 15 dias, tengo las vacaciones integras sin disfrutar-
me tienen k pagar las vacaciones?
es mejor solicitar la resticion de contrato por incumplimiento o la baja de empresa?
gracias
Invitado- Invitado
Re: baja voluntaria en la empresa
Buenos dias Atadean,
La rescision de contrato por incumplimiento que recoge el Estatuto de los Trabajadores (Articulo 50) se refiere a incumplimiento con el pago del salario. Otra cosa es que consideres que deberian pagarte otros conceptos o una cantidad de diferente,eso son interpretaciones que lo que hay que hacer es denunciarlas para que sea el juez el que diga que conceptos se pagan y a cuanto. Asi pues,si la empresa si te esta esta pagando tu salario,aunque consideres que debia ser mas, veo dificil que te puedas acoger a el,en el sentido de que no se esta produciendo "la falta de pago o retrasos continuados" que dice el Estauto.
Con respecto a las vacaciones,efectivamente deben pagarte la parte proporcional de dias que te correspondan. Es una regla de tres facil:si son 30 dias por año,haz la cuenta de los que te corresponden.Mi consejo:que pongas los dias de vacaciones en el periodo de preaviso,es decir,cogete vacaciones y preavisa a continuacion.Asi los 15 dias de preaviso corresponderan a tus vacaciones. Te recuerdo que si te vas tu de la empresa dando la baja voluntaria no tendras derecho a cobrar el desempleo.
Por otro lado me gustaria que por favor me enviases por mensaje privado la empresa que es,que supongo que es la misma de tus consultas anteriores y cual es el servicio,ya que con los datos que tu aportas consideramos que es un servicio claramente de vigilante de seguridad,y por lo tanto hay que denunciarlo a Seguridad Privada de la Policia Nacional. Asi mismo las 12 horas de jornada van en contra de las 9 que establece el Estatuto de los Trabajadores como jornada maxima. Ya que,por lo que comentas,te vas ir,perdiendo de tus derechos y renunciando a tu puesto de trabajo,por lo menos no dejes que estos incumplidores sigan aprovechandose de la gente con necesidad de trabajar y permitenos que denunciemos las irregularidades. Espero tu mensaje. Un saludo y espero haber aclarado todas tus dudas.
La rescision de contrato por incumplimiento que recoge el Estatuto de los Trabajadores (Articulo 50) se refiere a incumplimiento con el pago del salario. Otra cosa es que consideres que deberian pagarte otros conceptos o una cantidad de diferente,eso son interpretaciones que lo que hay que hacer es denunciarlas para que sea el juez el que diga que conceptos se pagan y a cuanto. Asi pues,si la empresa si te esta esta pagando tu salario,aunque consideres que debia ser mas, veo dificil que te puedas acoger a el,en el sentido de que no se esta produciendo "la falta de pago o retrasos continuados" que dice el Estauto.
Con respecto a las vacaciones,efectivamente deben pagarte la parte proporcional de dias que te correspondan. Es una regla de tres facil:si son 30 dias por año,haz la cuenta de los que te corresponden.Mi consejo:que pongas los dias de vacaciones en el periodo de preaviso,es decir,cogete vacaciones y preavisa a continuacion.Asi los 15 dias de preaviso corresponderan a tus vacaciones. Te recuerdo que si te vas tu de la empresa dando la baja voluntaria no tendras derecho a cobrar el desempleo.
Por otro lado me gustaria que por favor me enviases por mensaje privado la empresa que es,que supongo que es la misma de tus consultas anteriores y cual es el servicio,ya que con los datos que tu aportas consideramos que es un servicio claramente de vigilante de seguridad,y por lo tanto hay que denunciarlo a Seguridad Privada de la Policia Nacional. Asi mismo las 12 horas de jornada van en contra de las 9 que establece el Estatuto de los Trabajadores como jornada maxima. Ya que,por lo que comentas,te vas ir,perdiendo de tus derechos y renunciando a tu puesto de trabajo,por lo menos no dejes que estos incumplidores sigan aprovechandose de la gente con necesidad de trabajar y permitenos que denunciemos las irregularidades. Espero tu mensaje. Un saludo y espero haber aclarado todas tus dudas.
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