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deduccion de nónima por baja laboral

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deduccion de nónima por baja laboral Empty deduccion de nónima por baja laboral

Mensaje por isabelr Lun Ene 07, 2013 10:54 pm

Hola
Trabajo en servisecuritas de Barcelona. y me gustaría saber cuanto me deduciran en mi nómina por estar de baja laboral.
Este fin de semana ha fallecido mi madre y mi jefe me ha dcho que tengo un dia de permiso para este caso. (cosa que me extraña ya que creo que son dos días minimo).
He estado en el medico y me ha dado la baja laboral por 15 días.
por ello quisiera saber cuanto me deduciran.
Gracias

isabelr

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deduccion de nónima por baja laboral Empty Re: deduccion de nónima por baja laboral

Mensaje por servisecurrito Mar Ene 08, 2013 1:43 am

Convenio Servicios Securitas:

Artículo 29. Licencias.
a) 17 días naturales en caso de matrimonio.
b) 2 días en caso de nacimiento de hijos, ampliables a dos días más si el parto presentara complicaciones o resultara enfermedad grave.
c) 2 días por enfermedad grave, fallecimiento u hospitalización de pariente, hasta 2.º grado de consanguinidad o afinidad.
d) 2 días por fallecimiento de cónyuges, hijos y padres.


Artículo 50. Complemento de incapacidad temporal en caso de accidente de trabajo y enfermedad común o accidente no laboral.
En los supuestos de incapacidad temporal, se compensará de la
siguiente manera:

a) Incapacidad temporal en caso de accidente laboral: las empresas complementarán, cuando proceda, la prestación reglamentaria de manera
que el trabajador perciba el 100 por 100 de la tabla salarial del anexo I, sin que suponga merma del importe que pudiese corresponder en las pagas extraordinarias, incluida la antigüedad.

b) Incapacidad temporal en caso de enfermedad o accidente no laboral:
b.1) Del día 1 al 20 no existirá complemento, y se estará a lo dispuesto en la legislación vigente. **
b.2) Del día 21 al 40 se complementará hasta el 100 por 100 de la base de cotización.
b.3) Del día 41 al 60, hasta el 90 por 100 de la base de cotización.
b.4) Del día 61 al 90, hasta el 80% de la base de cotización.
b.5) Del día 91 en adelante si procede, como está legislado.
En lo no establecido en el párrafo anterior, se procederá según la legislación
vigente.
Las empresas complementarán la prestación reglamentaria en el supuesto de hospitalización: Se cobrará el 100 por 100 de la base cotizable,
desde la fecha de su hospitalización durante cuarenta días máximo, aunque parte de dichos días esté hospitalizado y otra parte no, y en período de recuperación o postoperatorio, pero siempre que siga de baja.

** La legislación dice tras la reforma de febrero del 2012:
-- Del primer al tercer día se percibirán el 50% de las retribuciones del mes anterior.
-- Del día 4º al día 20º se percibirán el 75% de las retribuciones del mes anterior.
-- Del día 21º al 90º percibiremos el 100% de las retribuciones del mes anterior.
-- Desde el día 91º se percibirá el subsidio previsto en cada régimen especial de acuerdo con su normativa.

servisecurrito

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deduccion de nónima por baja laboral Empty Re: deduccion de nónima por baja laboral

Mensaje por isabelr Mar Ene 08, 2013 11:51 am

Por lo que veo en tu respuesta en mi empresa ( servisecuritas) y mi jefe pretendía engañarme o esta desinformado y no sabe que día nos corresponden de permiso por la defuncion de un familiar, en mi caso mi madre...
Aunque no dudó en decirme que tenía un día.
Me demuestran una vez más el poco respeto que tienen en esta empresa hacia las persobad que estamos trabajando.

isabelr

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deduccion de nónima por baja laboral Empty Re: deduccion de nónima por baja laboral

Mensaje por servisecurrito Mar Ene 08, 2013 2:12 pm

Saben perfectamente los dias que te corresponden, pues las licencias se corresponden a las estipuladas en el Estatuto de los Trabajadores.
Otra cosa es que si logra que un trabajador solo haga uso de un día por fallecimiento de un pariente directo, le dan una medalla al "tonto de la corbata" que te lo dijo. Así es como se promocionan dentro de las empresas para futuros ascensos los "tontos de la corbata", llámense inspectores o jefes de servicio... y en tu empresa pegas una patada y te salen cienes de "tontos de corbata..." ;-)

servisecurrito

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deduccion de nónima por baja laboral Empty Re: deduccion de nónima por baja laboral

Mensaje por isabelr Miér Ene 09, 2013 9:24 pm

Pues si que en mi empresa hay muchos" tontos de la corbata" que creen que por estar en esa posición estan por encima del resto.
Pienso que creen que los que estamos a sus ordenes somos cuanto menos tontos.
A este tonto de la corbata ha conseguido una baja laboral por mi parte de 15 días minimo.. ya veremos su reacción.
Lo cierto es que me es indiferente ya que hay cosas mas importantes en mi vida que el trabajo (por suerte).
Me hago una pregunta .. porque suele corresponderse en la empresas de seguridad a mayor cargo menor capacidad intelectual??

isabelr

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deduccion de nónima por baja laboral Empty Re: deduccion de nónima por baja laboral

Mensaje por auxiliareulen Lun Ene 21, 2013 7:07 am

Buenos días a todos. Yo te voy a contestar a tu última pregunta. Simplemente por que los que "ascienden" en este tipo de empresas no lo hacen gracias a su capacidad intelectual sino por que suelen ser unas "buenas personas" (lo digo así para que no se considere una falta de respeto hacia alguien) que no hacen otra cosa que ahorrarle dinero a sus amos restringiendo los derechos de los trabajadores recogidos en sus convenios y/o en el Estatuto de los Trabajadores; pero nada, insisto, nada tiene que ver con su capacidad intelectual, generalmente suele ser al contrario; los que ascienden son los mas tontos encorbatados y sin encorbatar (y creeme, se a lo que me estoy refiriendo, de sobras)

Un saludo a todos los compañeros que con su buen hacer diario hacen de esta profesión un orgullo.

auxiliareulen

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