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Derechos de los auxiliares de servicios

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Derechos de los auxiliares de servicios Empty Derechos de los auxiliares de servicios

Mensaje por Marylyn Dom Nov 06, 2011 2:52 pm

Hola buenas tardes, soy una trabajadora de Servaux Grupo Norte (Auxiliar de Servicios).
Mi contrato es indefinido y de lunes a domingo. Con una jornada de 168 horas mensuales. no tenemos convenio, nos regimos por el Estatuto de los Trabajadores, que me le he leido pero he de decir que es un poco ambiguo.
Tengo unas cuantas dudas a ver si me las podeis resolver. alla van:
-Los festivos que se trabajan, ¿los tienen que pagar a parte?
- ¿Los domingos son considerados festivos?
- Los fines de semana, festivos, puentes y vacaciones de los compañeros, los hacemos a 12 horas ¿eso es legal? ¿tienen que pagar dietas o algun plus?
- ¿Los auxiliares de servicios podemos hacer noches?
- La Ley de Seguridad Privada dice que no podemos hacer rondas. ¿Ronda se puede llamar a entrar cada 2 horas al edificio en cuestión y dar una vuelta por el interior mirando a ver si alguna anomalia?
esto ha sido de manera general, y ahora tengo una consulta mas personal:
tuve que pedir la reducción de jornada laboral, por el cuidado de un menor. Mis turnos son de M, T y N a 8 horas y fines de semana a 12 horas. Siempre he hecho de 10 a 12 mañanas de 8 horas y pocas tardes y noches.
en fin pedi el inicio de la reducción el 1 de octubre y solicite lo siguiente:
- entrar 3 horas más tarde en el turno de mañana (me da tiempo a dejar al niño en el cole)
- no hacer tardes puesto que mi marido hace turnos rotativos no fijos (trabaja bajo pedido y hay meses que trabaja las tardes)
- hacer las noches en jornada completa para no fastidiar mucho a la empresa
- no trabajar los domingos y trabajar 2 sabados al mes a 12 horas
La empresa se negó y sólo me concedió entrar 3 horas mas tarde por la mañana. Porque me dijo que lo que yo pedia era ilegal e imposible.
Bueno, me calle la boca y cuando he ido viendo los cuadrantes de estos dos meses no me lo podia creer: sólo me han puesto 3 y 4 mañanas (octubre y noviembre respectivamente) y lo demás noches y tardes. ¿pueden hacer eso? es decir, llevo 20 meses haciendo la mayoria de las mañanas y ahora tan siquiera reparten los turnos equitativaente entre los compañeros de la garita, que somos 4.
Por favor, necesito que alguien me lo aclare porque estoy cada vez más quemada.
Muchas gracias de antemano
un saludo

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Mensaje por ferdiaz Lun Nov 07, 2011 12:05 pm

Hola marylyn, bienvenida al foro.

Buena parte de tus dudas ya vienen explicadas en el foro, en el siguiente enlace:

https://csif-auxiliares.forosactivos.net/t65-funciones-de-los-auxiliares-de-servicios

En cuanto a la reducción de la jornada por cuidado de un hijo, es decisión única del trabajador. Normalmente se suele pactar con la empresa para que todo sea más cordial y no afecte al trabajo pero, legalmente, es el propio trabajador el que decide cómo reducir la jornada, el turno y qué horario va a tener.
Lo que sí se podría plantear a la empresa es la reducción de tu jornada para no trabajar los fines de semana reduciendo el resto de días en vez de 3 horas diarias , sólo 1 o 2 horas hasta llegar al computo semanal.
Si el empresario te dijera que no, puedes denunciar y los Tribunales casi siempre, en estos casos, dan la razón al trabajador.
Haz tus calculos de horas, quitandote de trabajar los Sabados y algún Domingo y mira cómo te queda la jornada y así lo planteas. Recuerda presentarlo por escrito y con acuse de recibo.
Un saludo.
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Mensaje por MONI Mar Nov 29, 2011 5:05 pm

Buenos días!
Trabajo de Auxiliar de Servicios, con contrato indefinido, de lunes a domingo, pero el horario que yo hago en la fábrica donde estoy es de lunes a viernes de 8:00-14:00 y de 16:00-18:00 horas.
Según mi contarto he de regirme por Estatuto de los Trabajadores, pero en el contrato aparecen 3 cláusulas que son:
-La jornada de trabajo será de 38.8 horas semanales, lo que representa un 100% de la jornada habitual de la actividad, según el convenio colectivo de aplicación, o en su defecto,la legalmente prevista,porcentaje de jornada que está referido, siempre,a la máxima fijada en cada momento.
-Centro de trabajo: Mojados (Valladolid).
-La jornada a tiempo completo de un Auxiliar de Servicios es de 168horas/mes.

Ahora viene el problema:
Como no llego a la jornada de 168horas/mes porque los festivos nacionales no les he trabajado(aunque creo que me pertenecen no?, y además la fábrica ha cerrado), la empresa me dice que les debo horas y que me tengo que ir a trabajarlas a otra localidad o firmarles una reducción de jornada para saldar esas horas.

Según los Arts. 34,35,36,37 y 38; hay unos derechos mínimos y para calcular el cómputo mensual, primero ha de calcularse el anual, que creo sería así:

•días al año: 365
•se restan: 52 domingos, 14 festivos y 25 vacaciones (no incluyen domingos ya están restados)(da igual domingos que otro día, puesto que es el descanso semanal de 1,5 días)
•365 - 52 - 14 -25, salen 274 días.
•40 horas semana entre 6 días (lunes a sábado) resulta 6,66
•274 días por 6,66 igual a 1826,7 horas máximas anuales de trabajo efectivo.
Y para calcular el cómputo mensual dividiríamos ese resultado entre 11 meses(se resta el mes de vacaciones porque no es trabajo efectivo y ya está restado anteriormente)y nos darían 166 horas/mes.

Con lo cuál esas son las horas que tendría que hacer según la Ley, no?
¿Es legal mi contrato?¿o se trata de una cláusula abusiva y denunciable si no llegase a un acuerdo con ellos?¿estoy obligada a ello porque lo haya firmado por ignorancia aunque se pasan de las que dice el Estatuto de los Trabajadores y además se contradice con la cláusula primera?
¿Qué pasos he de seguir?

Un saludo, y muchas gracias de antemano!!

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Mensaje por ferdiaz Jue Dic 01, 2011 9:05 pm

Hola Moni, bienvenida.
Lo prmero que debieras hacer es informarte de si tu empresa dispone de Convenio propio. El hecho de que el Estatuto de los Trabajadores sean los derechos mínimos aplicables a un trabajador no significa que sean los que te corresponden pues en su articulado nos remite muchas veces a las concertaciones sociales o acuerdos entre empresario y trabajador. Dicho lo cual, tu contrato debe reflejar aspectos tan obvios como tu jornada laboral de trabajo, el cómputo de la misma, el número de horas, días de vacaciones, etc. El cálculo de las horas al que haces referencia,no te sabría decir si es correcto o no. Si tu jornada dices es de 38,8 horas semanales, no me cuadra que tu jornada anual sea de 1826,7. Lo mejor es que con toda la información que posees, te acerques al sindicato. Allí te sacarán de dudas.

No todas las cláusulas que se firman en los contratos nos obligan, sino tan sólo aquellas lícitas, válidas, prestadas con voluntad o consentimiento libre y sin vicios de las partes, que no imponga al trabajador perjuicios por ser menos favorables o contrarias a disposiciones legales y convenios colectivos ni supongan renuncia a derechos reconocidos legalmente o indisponibles según convenios colectivos. En cristiano, para que una cláusula sea de obligado cumplimiento, debe en principio, tener una motivación clara y vinculada al puesto de trabajo y no suponer abuso de derecho.

Finalmente sobre la reclamación de una deuda de horas, el terreno es muy extenso. pero te diré que tiene que haber un periodo de cumplimiento y otro de prescripción de las mismas. Generalmente la deuda de horas es recuperable durante los dos meses posteriores. Una vez transcurridos estos, la empresa no podra reclamartelas. Igualmente si tienes conocimiento de que dentro de la empresa, no necesariamente en tu servicio, existen compañeros con horas extras ese mes que tu generas la deuda, automáticamente dejas de deberlas por ley ya que la jurisprudencia viene adoctrinando que la descompensación de horas entre los trabajadores es fruto de una deficiente organización de los puestos de trabajo, potestad exclusiva del empresario.

Lo dicho, asesorate en tu sindicato de confianza pues aprecio evidencias claras y objetivas en tus reclamaciones.
Un saludo.

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Mensaje por MONI Jue Dic 01, 2011 10:19 pm

Gracias por la contestación Ferdiaz!!
Pues la verdad es que mi sindicato no me ha hecho caso, a pesar de que le he enviado varios correos y mi contrato escaneado. Simplemente me dicen que ahora mismo es un privilegio tener trabajo, y me tienen bastante cabreada porque yo les pago para que me asesoren jurídicamente y no me aconsejen personalmente...pero bueno...

La cuestión es que quieren que trabaje 2 días y medio de mis vacaciones y aun así también, que firme una reducción de jornada para saldar las horas.
En el contrato pone que he de regirme por Estatuto de los Trabajadores, y en la empresa no existe Convenio Colectivo. Además en el contrato aparecen las 3 cláusulas expuestas en el anterior mensaje. Pero es que yo no entiendo de donde sacan o donde pone que la jornada de un Auxiliar de Servicios son 168 horas/mes. Porque si no llego practicamente a esas horas trabajando 40 horas semanales, con 38.8 (que pone en otra cláusula) menos aún,no? Entonces si me rijo por el ET, tendría que hacer como máximo las 1826,7 horas anuales a razón de 166 horas/mes . se supone, no?? A parte de que no llego por los festivos nacionales que no voy a trabajar, cuando esos días son de carácter retribuido y no recuperables, o si se trabaja que lo paguen como horas extras o que den otro día; pero mi caso es que yo no voy a trabajar porque además la fábrica donde presto servicio cierra, pero en teoría pertenece por Ley:

Me gustaría tener una respuesta rápida porque he de hablar con ellos mañana por la tarde y quiero estar preparada para lo que me puedan decir y yo saber qué contestar.
Espero tu respuesta Ferdiaz!

Muchas gracias y un saludo!!!

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Mensaje por ferdiaz Jue Dic 01, 2011 10:43 pm

Hola de nuevo.
Me siguen faltando datos Moni para darte una respuesta adecuada. Toda clausula contractual con condiciones inferiores u opuestas a las marcadas en el Estatuto de los trabajadores son contrarias a derecho y por lo tanto denunciables.
Por ley, con mas de 1 año de antiguedad en la empresa ya has generado tus vacaciones completas. No te pueden quitar ningún dia.
Tampoco tienes obligación ni debes aceptar una reducción de jornada condicionada a que ellos recuperen las horas que "supuestamente" dicen que les debes.
Mi consejo es que acudas a otro sindicato donde te hagan mas caso. Si no te es posible antes de la reunión, asiste a la misma, hazte la tonta, toma nota de todo lo que te propongan, pídeselo por escrito y finalmente comunícales que te lo pensarás. Gana tiempo hasta poder tratar el tema con el abogado del sindicato correspondiente.Si te vieras forzada a firmar algún documento, recuerda añadir siempre un "NO CONFORME" y te evitarás sorpresas posteriores.
Un saludo.
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Mensaje por xicu Jue Dic 29, 2011 2:09 pm

hola!!soy nueva en el foro.tengo una duda sobre las bajas laborales.me cogi la baja el dia 25 de noviembre,que me operaron de varices.estuve 1 dia ingresada y me dieron el alta con fecha del 24 de diciembre.trabajo en un carrefour con la empresa star servicios.este mes he cobrado 437 euros,y mi sueldo mensual ronda los 700.no deberian haberme pagado el 100%??tengo entendido q por operacion quirurgica,la empresa te cubre el total del sueldo...ayuda por favor!!!!

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Mensaje por ferdiaz Sáb Dic 31, 2011 3:19 pm

Hola xicu, sin conocer tu Convenio y como star pertenece al grupo securitas te diré que independientemente de si el calculo está bien hecho (tendría que tener tu nómina y tu convenio), para que la empresa te abone el 100% debiera tratarse de una incapacidad temporal por accidente laboral.
Si se trata de enfermedad o accidente no laboral no te correspondería el 100% hasta el día 21 al 40 de baja.
Un saludo.
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Mensaje por Sara87 Sáb Dic 31, 2011 7:24 pm

Buenas!

Yo también trabajo como auxiliar de servicios. Desde el 15 de Agosto, se llevó a cabo una reducción de horas y me quedé sólo con turnos los fines de semana y festivos puesto que los días laborables el turno es de noche, cosa que nunca he hecho y no pienso mientras pueda porque voy a la facultad y si salgo a las 8 de la mañana como que no... En fin. Al reducir horas, echaron a un chico que venía los fines de semana conmigo y yo me quedé haciendo turnos de día de 12 horas pero, acordando verbalmente y frente a mis otros compañeros, con mi coordinador que tendría un fin de semana al mes a cambio de aceptar esa duración (antes mis turnos eran de 6h).
La empresa no ha querido hacerme reducción de contrato, al igual que sigue sin "encontrar" mi copia del mismo. Ahora a final de año me vienen con que debo horas, en concreto unas 36 entre los meses de octubre y noviembre. Yo le he comunicado a mi coordinador que no me importaría reducir jornada para que luego no me vengan con reclamos ni leches y lo que ha hecho es mandarme el cuadrante del mes de enero en el que tengo mis 120 horas pero no libro ningún fin de semana.

¿Puedo hacer algo?

En septiembre tuvimos una reunión en la que acordamos que otro chico me haría el fin de semana de descanso a mí y a otro que sólo viene de noche, librando él el resto de fines de semana del mes pero ahora me encuentro que soy la única que no libra fin de semana, se traga todas las fiestas de navidad y el otro chaval sólo trabajo un fin de semana este mes.

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Mensaje por chapu27 Miér Ene 25, 2012 1:12 pm

BUENAS
trabajo para carrefour y ahora al entrar la empresa nueva casesa nuestro jefe de equipo nos a dicho q nosquita 10minutos al dia para merender o almorzar q al mes son 4h el total son 25euros al mes.
nosotros acemos 42 horas ala semanas repartidas en 6,5horas en 3 dias y otras 7.5 en otros 3 dias el total de la semana 42h
¿ PORQ NOS TIENEN Q DESCONTAR DE NUESTRO SUELDO ESO YA Q CADA 6 HORAS TENEMOS 15 DE DESCANSO POR LEY ESO TENGO ENTENDIDO ?
¿ Q PODEMOS ACER Y COMO ACERLO ?
UN SALUDO ENORME

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Mensaje por ferdiaz Miér Ene 25, 2012 3:34 pm

En principio por lo que cuentas pudiera tratarse de una modificación sustancial en las condiciones de trabajo de carácter colectivo.

En este caso la empresa debe abrir un periodo de consultas con vuestros representantes legales, exponiendo la causalidad de dicha medida.

Finalizado dicho periodo consultivo, se tiene que notificar a los trabajadores afectados, con al menos 30 días de antelación a la fecha de efectividad.

Las modificaciones de las condiciones establecidas en los convenios colectivos sólo podrán realizarse por acuerdo entre la empresa y los representantes de los trabajadores y respecto de las materias de horario, régimen de trabajo a turnos, sistema de remuneración y sistema de trabajo y rendimiento.

Si a esto le añadimos que venis de una subrogación, en donde vuestra jornada de trabajo habitual puede considerarse un derecho ya adquirido.

Entiendo que todo lo expuesto anteriormente se lo han pasado por el forro, por lo que yo recurriría a la asesoria jurídica del sindicato de confianza para no renunciar ni a mi tiempo de descanso ni a esos 25 euros mensuales que comentas y que te corresponden por Ley.

Un saludo.

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Mensaje por chapu27 Dom Ene 29, 2012 9:13 pm

muchas gracias por todo

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Mensaje por JurenTork Mar Feb 14, 2012 3:58 pm

Marylyn escribió:Hola buenas tardes, soy una trabajadora de Servaux Grupo Norte (Auxiliar de Servicios).
Mi contrato es indefinido y de lunes a domingo. Con una jornada de 168 horas mensuales. no tenemos convenio, nos regimos por el Estatuto de los Trabajadores, que me le he leido pero he de decir que es un poco ambiguo.
Tengo unas cuantas dudas a ver si me las podeis resolver. alla van:
-Los festivos que se trabajan, ¿los tienen que pagar a parte?
- ¿Los domingos son considerados festivos?
- Los fines de semana, festivos, puentes y vacaciones de los compañeros, los hacemos a 12 horas ¿eso es legal? ¿tienen que pagar dietas o algun plus?
- ¿Los auxiliares de servicios podemos hacer noches?
- La Ley de Seguridad Privada dice que no podemos hacer rondas. ¿Ronda se puede llamar a entrar cada 2 horas al edificio en cuestión y dar una vuelta por el interior mirando a ver si alguna anomalia?
esto ha sido de manera general, y ahora tengo una consulta mas personal:
tuve que pedir la reducción de jornada laboral, por el cuidado de un menor. Mis turnos son de M, T y N a 8 horas y fines de semana a 12 horas. Siempre he hecho de 10 a 12 mañanas de 8 horas y pocas tardes y noches.
en fin pedi el inicio de la reducción el 1 de octubre y solicite lo siguiente:
- entrar 3 horas más tarde en el turno de mañana (me da tiempo a dejar al niño en el cole)
- no hacer tardes puesto que mi marido hace turnos rotativos no fijos (trabaja bajo pedido y hay meses que trabaja las tardes)
- hacer las noches en jornada completa para no fastidiar mucho a la empresa
- no trabajar los domingos y trabajar 2 sabados al mes a 12 horas
La empresa se negó y sólo me concedió entrar 3 horas mas tarde por la mañana. Porque me dijo que lo que yo pedia era ilegal e imposible.
Bueno, me calle la boca y cuando he ido viendo los cuadrantes de estos dos meses no me lo podia creer: sólo me han puesto 3 y 4 mañanas (octubre y noviembre respectivamente) y lo demás noches y tardes. ¿pueden hacer eso? es decir, llevo 20 meses haciendo la mayoria de las mañanas y ahora tan siquiera reparten los turnos equitativaente entre los compañeros de la garita, que somos 4.
Por favor, necesito que alguien me lo aclare porque estoy cada vez más quemada.
Muchas gracias de antemano
un saludo

A parte de que tienes todo el derecho a pedir la jornada reducida........ yo me quedo con la ultima parte y me explico:
Lo normal es repartir los turnos mañana, tarde y noche equitativamente, sacando alguna circunstancia concreta que no lo permita asi y lo mas lógico es que si alguien es perjudicado en un mes al siguiente se le compense. Por lo que dices tu hacias entre 10 y 12 mañanas durante 20 meses por lo que tus compañeros le salian mas tardes y mas noches que a ti. Yo ahí no veo que la cosa sea equitativa. Ahora que tu haces menos mañanas como dices entre 3 y 4 dices que no son equitativos los cuadrantes. A mi no me dan las cuentas, antes hacias mañanas demás
Otro tema en cuestion, si tu tienes la jornada reducida y me reafirmo que tienes todo el derecho del mundo y haces 3 horas menos en turno de mañana, quien o como se cubren esas horas? alargan la jornada a tus compañeros?

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Mensaje por carlosrr Miér Abr 04, 2012 11:48 am

Hola en mi convenio pone que tengo que trabajar 1.804 horas anuales de trabajo efectivo en cómputo mensual a razón de 164 horas. Me puedes explicar esto , y mi otra pregunta es en las 164 horas entran las fiestas del año que me parecen que son 14 días al año de fiestas , el encargado me dice que no llegamos a las horas nunca llegamos si viene una fiesta como en este caso que viene viernes santo y el lunes de pascuas el centro cierra dice que tenemos que recuperar esos días para llegar a 164 horas , y yo me pregunto esos días no los tenemos pagados como fiesta muchas gracias (espero que me entiendan )

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Mensaje por Corusan Sáb Abr 07, 2012 8:16 pm

Hola buenas tardes a todos, le planteo mi gran duda.

Trabajo como auxiliar de Servicios en Barcelona (ServiSecuritas), la cual sino me equivoco carece de convenio de trabajo, es decir, nos debemos apoyar del estatuto de trabajadores no?

La duda es que trabajo con contrato parcial, trabajando fines de semana y festivos (locales y nacionales) en turno de noche y obviamente a 12h. Pero en el contrato nos aparece que debemos trabajar un minimo de 1456 a 1730h anuales de forma mínimas, es decir con el turno que tengo es completamente imposible que trabajando los fines de semana y festivos llegue a tal cantidad de horas, que como sabran, se aproxima bastante a la jornada completa.

Por tanto ni me pagan festivos que creo yo deberian, y es completamente imposible realizar horas extras. Esto es legal? Cuando se les solicita alguna hora mas me comentan que es ilegal y que no me pueden dar nada.

Es decir si siendo media jornada mi contrato deberia de ser de 82h mensuales aproximadamente, el mes que no hay festivos trabajo de 96h aproximadamente y los que hay festivos trabajo 132h... pero a la hora de cobrar cobro exactamente igual trabaje 8 dias que 12 o más... Se "acogen" a que no alcanzo su minimo impuesto... simplemente quiero saber si puedo hacer algo al respecto, gracias de antemano.

PD.: Si trabajo 96h o si trabajo 132h cobro exactamente lo mismo 430€ + 40/50€ de nocturnidad (solo varia la nocturnidad)

Atentamente,

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Mensaje por ferdiaz Mar Abr 10, 2012 4:23 am

Hola Corusan, bienvenido al foro.
Primero comentarte que sí existe un Convenio en Servicios Securitas, prescrito desde diciembre del 2010, pero existe.
Tienes razón en que debemos remitirnos al Estatuto de los trabajadores para casi todo porque tu convenio es de mínimos. Esto quiere decir que los representantes sindicales con derecho a negociarlo, prefieren las prebendas de la patronales a la defensa de los trabajadores y pactan panfletos-convenios que no mejoran, en nada, el articulado del Estatuto de los trabajadores.

Dicho lo cual, necesitaría ver tu contrato para darte una respuesta más fiable. No me cuadra el baremo de horas anuales (1456/1730) que dices que te pone. Nunca he leido un contrato así y dudo de su legalidad. Más teniendo en cuenta que la jornada anual de un contrato a tiempo completo es de 1793 horas.

Otra cosa son las horas complementarias a tu jornada, que mediante pactos o acuerdos hayas llegado con la empresa. Horas, por cierto, que se abonan aparte.

Igualmente, necesitaría saber si en tu contrato a tiempo parcial se especifica la distribucion de tu jornada. Si el computo es anual o mensual.
La diferencia es que a computo mensual, tu debes hacer las horas estipuladas.Si la empresa no puede facilitartelas, tienen dos meses para recuperarlas. Una vez finalizado ese plazo no podrá reclamartelas.

A computo anual, si pueden ponerte un mes pocas horas y al otro un montón. Siempre y cuando a la finalización del año, no superes las horas máximas anuales estipuladas por contrato.

Sobre el plus de fin de semana y festivos, viene reconocido en el Convenio de Servicios Securitas (0,25€/hora). Aunque también añade, en su último párrafo, que no se abonará ese plus en aquellos trabajadores que hayan sido contratados exprésamente para trabajar en dichos días.

A raíz de la nueva reforma laboral, ahora sí se permite la realización de horas extraordinarias en contratos a tiempo parcial, siempre que estas sean proporcionales a tu jornada de trabajo.

Un saludo.
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Mensaje por ahcnara Jue Jul 12, 2012 11:42 pm

Buenas noches

Mi hermano trabaja en servaux, grupo norte, y lleva casi cuatro meses de baja por enfermedad.
Hoy le llamaron porque el centro de trabajo donde prestaba sus servicios ha rescindido el contrato con la empresa por las condiciones del ERE que han presentado (reduccion de jornada del 16 por ciento con la misma reduccion de sueldo), por lo que no se en lo que le puede afectar.
Teóricamente está indefinido, pero no se si con indefinido como tal o con obra y servicio.
El motivo de la baja es porque está con un tratamiento muy fuerte para el cáncer que padece, y si ya tiene poco sueldo, y pocos ánimos, sólo le faltaría que lo echasen.

Os agradezco toda ayuda y consejo que me podais dar.

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Mensaje por ferdiaz Vie Jul 13, 2012 12:37 am

Hola ahcnara, muchos ánimos a tu hermano.
No me quedó claro quien presentó el Expediente de Regulación de Empleo si fue la empresa de servicios o el cliente para quien trabaja.
Un saludo.
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Mensaje por ahcnara Vie Jul 13, 2012 10:32 pm

Igual me expliqué un poquillo mal, disculpadme

El trabaja de auxiliar en un centro comercial, está indefinido, pero lleva casi 4 meses de baja.
La empresa (grupo norte)ha presentado un ERE de disminución de jornada, y porcentual de sueldo (al 75%) compensable el resto con su paro.
¿Que pasa? Que la gerencia del centro comercial, no acepta, que pagando lo mismo mensualmente por los servicios de seguridad, éstos trabajen menos tiempo, por lo que han anunciado que el 1 de agosto prescinden de grupo norte para la vigilancia de dicho centro comercial.
Aunque no es un ere de suspensión de empleos, quiero saber si realmente pueden echarle, si no tiene contrato de obra o servicio, porque igual se agarran a que él trabajaba en un servicio que ya no tienen.

Gracias por todo y sobre todo por los ánimos, Ferdiaz

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Mensaje por Ramon Uso Jue Sep 06, 2012 6:08 am

hola
Soy recepcionista del hotel. cuando empece a trabajar hemos quedado con el jefe que empezamos y poco a poco mejoramos condiciones. Tengo contrato en que pone trabajador de la empresa (disculpe no me recuerdo bien el nombre de contrato correcto pero en este sentido) pero hace 4 años estoy trabajando solamente de noche, 6 días en la semana, 8,5 horas cada día, son 51 hora semanal. todas las fiestas estoy obligado de trabajar y al pedir vacaciones tengo que sufrir mucho. en el contrato tengo 40 horas. cuando empece hemos quedado que con el tiempo me lo cambian el turno o suban sueldo. yo cobro igual que los del día tanto como de la mañana pero ellos tiene turno de 8 horas y 7,5. mi turno es mas largo de todos y es único turno de los 6 días semanales, lo único que tengo deferente es 2 pagos mas en negro en el sobre al final de cada mes. No veo ningunos mejoras de mi turno y creo que no cambiaran nada. en nuestra empresa hay mínimo personal y si despiden uno no contratan otro y lo pasan su trabajo a los que quedan. en temporada alta cojan suplentes en negro es lo único que hagan. Quiero preguntar que puedo hacer? si puedo denunciarle para que me pagan compensación por los 4 años, o que le obligan de cambiar me el turno y seguir condiciones del contrato, o lo único que pasa si pongo la denuncia es que me despiden con las palabras que estoy escuchando hace 4 años - si no te gusta a la calle. Mi jefe es muy! rico y seguro tiene muy buen abogado por esto quiero preguntar si vale la pena. mucho gracias.

Ramon Uso

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Mensaje por ferdiaz Sáb Sep 08, 2012 3:52 am

Hola ramón, de nuevo el tema de la denuncia y el miedo a perder el puesto de trabajo. Ya comenté en otro post que ya no suelo responder este tipo de preguntas donde tus propias dudas condicionan una respuesta adecuada.

Eres conocedor de que tu situación laboral es irregular y que no te están dando los mismos derechos que al resto de tus compañeros. Sin embargo, en el otro lado de la balanza, llevas cuatro años aceptando esas condiciones, al parecer, por miedo al despido. En tu propia exposición se encuentra la respuesta.

¿Que puedo decirte para que pierdas el miedo y lo denuncies? ¿como puedo convencerte para que aguantes otros 4 años en identicas o peores condiciones?. ¿soy Victima o Verdugo?. A lo largo de la vida uno tiene que tomar decisiones sin ser consciente de las consecuencias ya que solo el tiempo determinará si fueron las correctas o no. Es simplemente una cuestión de personalidad y carácter.
¿morir de pie o vivir arrodillado?. "To be or not to be"

Hasta que no resuelvas este dilema personal, dificilmente alguién podrá ayudarte o aconsejarte convenientemente.

Si optas por defender tus derechos laborales, bienvenido a la lucha y cuenta con nuestro total amparo y protección.

Un saludo.
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